La Romana. Un tribunal dispuso Prisión preventiva por espacio de 6
meses, fue la medida de coercion impuesta por el juez Abraham Nicolas Severino
Saldivar contra los nombrados Hector Manuel Guzman (a) Cabito, Wilson
Mesenne Ventura (A) Guayubin y Omar Campechano(A) Eliseo, por
estar presuntamente implicados en el rapto y posterior
descuartizamiento de la Joven Oveida Paulino, cuyos supuestos restos
fueron hallados sin pies, manos ni cabeza por un nacional haitiano en un solar
baldío en el sector Reparto Torres de esta ciudad de La Romana.
El fiscal Victor Ramon
Camacho Padua, quien representó al Ministerio Público, manifestó que los mismos
fueron apresados luego de labores de inteligencia y rastreo que fueron
realizados de manera conjunta por el Ministerio Publico y la Policía Nacional
en donde se determinó que el teléfono celular marca alcatel que pertenecía a la
occisa, fue activado nueva vez a nombre de Hector Manuel Guzman (a)
Cabito y que dicho teléfono fue vendido posteriormente por el
nombrado Wilson Mesenne Ventura, al nombrado Omar
Campechano(A) Eliseo, quien posteriormente se lo vendió a un tal Edward,
quien se encuentra prófugo.
El fiscal sostuvo que desde
el numero de telefono del nombrado Hector Manuel Guzman (a) Cabito,entraron
varias llamadas telefónicas al teléfono de la occisa durante el periodo en que
la misma estuvo desaparecida, por lo que hay fuertes indicios que lo vinculan a
la desaparición del esta
Afirma el nombrado Lenin
Cedano Rijo, que el hoy prófugo trabaja en una panadería de su propiedad en el
sector Picapiedra desde donde este introdujo su numero al celular de la
desaparecida.
El Ministerio Publico que
dirige la Fiscal Reina Yaniris Rodriguez Cedeño, solicitó al
juez de atención permanente de este distrito judicial impusiera contra los ya
nombrados Héctor Manuel Guzman (a) Cabito, Wilson Mesenne Ventura
(A) Guayubín y Omar Campechano(A) Eliseo la medida de coercion consistente
en 6 meses de prisión preventiva, por haber violado estos lo estipulado en el
articulo 295 del código penal dominicano que tipifica y sanciona el homicidio
voluntario.
La medida impuesta
debe ser cumplida en el centro de corrección y rehabilitación Cucama de esta
ciudad.
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